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Condena por copiar diseños de Desigual

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena penal impuesta a una persona que comercializaba pañuelos con estampados originales registrados por la firma Desigual. La Sala de lo Penal confirma que dichos diseños, protegidos como obra artística en el Registro de la Propiedad Intelectual, no pueden reproducirse sin autorización. Su incorporación a productos funcionales, como pañuelos, no elimina su carácter protegido.
Hechos probados: diseños registrados en pañuelos
Comercialización no autorizada
El condenado, a través de su empresa, vendía pañuelos que incorporaban estampados registrados por la marca Desigual. Estos diseños estaban protegidos como creaciones plásticas y figuraban inscritos en el Registro de la Propiedad Intelectual. El caso gira en torno a la reproducción no autorizada de dichas obras.
Aunque los dibujos formaban parte de productos de uso cotidiano, el Tribunal ha declarado que se trata de creaciones originales con valor artístico. Por tanto, su uso comercial sin permiso constituye un delito contra la propiedad intelectual, recogido en el artículo 270 del Código Penal.
Recurso de casación desestimado | No hay indefensión ni error en la valoración
La defensa alegó la inexistencia de dolo y cuestionó la validez del juicio oral por falta de grabación completa. Sin embargo, el Supremo desestimó el recurso por los siguientes motivos:
- La falta de grabación íntegra del juicio no generó indefensión material. La sentencia de instancia recogía lo esencial de los testimonios y pruebas periciales.
- Se acreditó la existencia de ánimo de lucro y perjuicio a tercero, elementos clave del tipo penal.
- La originalidad de los dibujos fue demostrada mediante su inscripción registral y el reconocimiento como obra artística protegida.
Protección penal de los diseños originales impresos en objetos de uso práctico
El Alto Tribunal reafirma que el hecho de que un diseño se aplique a un objeto funcional —como un pañuelo— no lo excluye de la protección del Derecho de Autor. Mientras conserve su carácter creativo, la obra continúa gozando de tutela legal.
La sentencia subraya la importancia del registro de las obras artísticas. También aclara que los derechos del autor prevalecen incluso cuando la obra es reproducida en artículos comerciales, si se hace sin autorización del titular de los derechos.
Fallo del Tribunal Supremo | Condena confirmada
El Tribunal Supremo mantiene la condena impuesta por la Audiencia Provincial: pena de prisión, multa económica y responsabilidad civil derivada del daño causado. Este fallo consolida el criterio jurisprudencial que protege a los autores frente a usos indebidos de sus obras, incluso en sectores como la moda o los complementos textiles.
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